En resolución

Diario IDEAL, 8 de septiembre 2010

Recuerdo que cuando dirigía del Departamento Jurídico de la ya desaparecida Multauto, nos reuníamos cada miércoles con Antonio Jiménez Blanco, Catedrático de Derecho Administrativo con el que resolvíamos, comentábamos y plateábamos mil y una cuestión que luego tenían, o no, su aplicación práctica, tanto en los recursos administrativos como en los procedimientos judiciales que tramitábamos. Una de sus frases favorita, citando a otro maestro, era ‘en resolución’. O sea, en resumen, en conclusión… etc. Esta coletilla, muy jurídica, la usaba de vez en cuando en las vistas orales que celebraba en los juzgado de los Contencioso- Administrativo de media España. Me recorría todas las comunidades autónomas realizando vistas orales defendiendo a pobres infractores en materia de tráfico -con un balance más que positivo-. De todo este bagaje aprendí mucho. Sobre todo, a tener líneas argumentales consistentes y convincentes -de hecho y fundamentos de derecho- para llevarme al juez de turno a mi terreno y que me diera la razón, para la alegría de mi defendido y cabreo de los abogados de las diferentes administraciones públicas. Esto es mentira, claro. Con ellos, las relaciones siempre fueron geniales. El Derecho Administrativo es frío y distante. Por eso me gustaba. No había más pasión de la necesaria y ya se sabe que la Administración, en su quehacer diario, comete errores. Esa era mi tarea: descubrirlos, alegarlos y llevarme el gato al agua ganando el pleito.

Comienza un curso que como el verano, ha sido extraño. Ya lo decía la semana pasada. Y arranca con una convocatoria de huelga general para no sé qué día de septiembre. Una convocatoria realizada al calor del cabreo del personal con nuestros gobernante de cartón piedra.

Desde luego, a mí no me han convencido ni por los hechos ni por los fundamentos de derechos para secundar esta pantomima vertical subvencionada -mi disgusto gubernamental lo expreso, desde los 18, en la urnas-. Es más, creo que nadie en sus cabales, sabiendo ¡cómo está el patio!, debería secundarla. Pero no seré yo el que diga si se puede o no secundar una huelga. Ya están otros para prohibir, ‘requeteprohibir’ y si es necesario, eliminar. Mi obrerismo activo me impide hacer de borrego ante los caudillos anclados en el siglo XIX. Y eso que me esfuerzo por entenderlos. Pero, insisto, como juez -en esta hipotética vista oral- oyendo a las partes, no encuentro el más mínimo resquicio para darles la razón. Creo, de todas formas, que les importan un bledo. Luego comentarán los datos en un restaurante de cinco tenedores por lo que, mis puñetas, les habrán resultado tan irrelevantes como siempre.

En resolución: que a falta de pruebas consistentes y convincentes hay que pedir que estas organizaciones pasen y efectúen su ‘Transición’; que adapten sus planteamientos al siglo XXI; que no se irroguen representaciones que no tienen ni ostentan; que sostengan sus estructuras verticales con sus ingresos directos; que no crucifiquen a la figura del empleador como a un leviatán salido de las oscuras profundidades abisales, y sobre todo, que el día que ellos decidan salir a la calle, respeten la libertad y el derecho de los que no creemos ni compartimos estas actividades a realizar nuestras tareas con la normalidad que ellas llevan aparejadas.

La sentencia es intuible. Pero eso te lo dejo a ti, lector inteligente.